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Encontramos la casa de tus sueños

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Pisua Mataró

186.000 €
  • 13504
  • 3
  • 1
  • 90 mts

[[DESTACADOS]]

12.000 €
  • Erreferentzia
    15050
  • Azalera
    10 mts

Aparkalekua - Mataró (Rocafonda)

156.000 €
  • Erreferentzia
    13312
  • Logelak
    2
  • bainugelak
    1
  • Azalera
    70 mts

Pisua - Mataró (Rocafonda)

186.000 €
  • Erreferentzia
    13504
  • Logelak
    3
  • bainugelak
    1
  • Azalera
    90 mts

Pisua - Mataró (Els molins)

78.000 € - 1000 €/MES
  • Erreferentzia
    13417
  • Azalera
    82 mts

Merkataritza-lokala - Mataró (Centro)

Jabetzak

PAG 1/4 - TOTAL 44 Jabetzak
  • Oharpenak
  • [[FILTRAR_POR]]:
    Bistak
    Baztertutakoak
    Gustukoenak
    Salmenta 450.000 €  
    • Erreferentzia
      13500
    • Logelak
      3
    • bainugelak
      1
    • Azalera
      102 mts

    Etxea - Mataró (Centro) , Eraikitako azalera 102m2, terrazaren azalera 40m2, 3 Logelak, 1 bainugelak.

    Salmenta 375.000 €  
    • Erreferentzia
      13316
    • Logelak
      3
    • bainugelak
      1
    • Azalera
      104 mts

    Pisua - Mataró (Via europa) , Eraikitako azalera 104m2, terrazaren azalera 65m2, 3 Logelak, 1...

    Salmenta 332.000 €  
    • Erreferentzia
      13410
    • Logelak
      4
    • bainugelak
      2
    • Azalera
      129 mts

    Pisua - Mataró (Cami de la serra) , Eraikitako azalera 129m2, 4 Logelak, 2 bainugelak, Igogailua.

    Salmenta 275.000 €  
    • Erreferentzia
      13398
    • Logelak
      4
    • bainugelak
      2
    • Azalera
      120 mts

    Pisua - Mataró (Via europa) , Eraikitako azalera 120m2, 4 Logelak, 2 bainugelak, Igogailua.


    + INFO
    289.000 € - 5%
    Salmenta 240.000 €  
    • Erreferentzia
      13426
    • Logelak
      4
    • bainugelak
      2
    • Azalera
      103 mts

    Pisua - Mataró (Eixample) , Eraikitako azalera 103m2, 4 Logelak, 1 bainugelak, Igogailua.

    Salmenta 204.000 €  
    • Erreferentzia
      13419
    • Logelak
      4
    • bainugelak
      1
    • Azalera
      89 mts

    Pisua - Mataró (Centro) , Eraikitako azalera 89m2, 4 Logelak, 1 bainugelak.


    + INFO
    205.000 € - 0%
    Salmenta 199.000 €  
    • Erreferentzia
      13503
    • Logelak
      3
    • bainugelak
      2
    • Azalera
      83 mts

    Pisua - Argentona (Centro) , Eraikitako azalera 83m2, 3 Logelak, 2 bainugelak.

    Salmenta 199.000 €  
    • Erreferentzia
      12565
    • bainugelak
      2
    • Azalera
      400 mts

    Industria-nabea - Mataró (Centro) , Eraikitako azalera 400m2, 1 bainugelak.

    Salmenta 186.000 €  
    • Erreferentzia
      13504
    • Logelak
      3
    • bainugelak
      1
    • Azalera
      90 mts

    Pisua - Mataró (Els molins) , Eraikitako azalera 90m2, 3 Logelak, 1 bainugelak, dena kanpokaldera.

    Salmenta 170.000 €  
    • Erreferentzia
      13009
    • bainugelak
      1
    • Azalera
      335 mts

    Industria-nabea - Mataró (Rocafonda) , Eraikitako azalera 335m2, 1 bainugelak.


    + INFO
    190.000 € - 11%
    Salmenta 169.900 €  
    • Erreferentzia
      13343
    • Logelak
      3
    • bainugelak
      1
    • Azalera
      72 mts

    Pisua - Mataró (Peramas) , Eraikitako azalera 72m2, 3 Logelak, 1 bainugelak, Igogailua.

    Salmenta 166.000 €  
    • Erreferentzia
      13313
    • Logelak
      4
    • bainugelak
      1
    • Azalera
      75 mts

    Pisua - Mataró (Cerdanyola nord) , Eraikitako azalera 75m2, 4 Logelak, 1 bainugelak.

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    2020-11-13
    El primer paso es, nada más y nada menos, elegir la vivienda más adecuada a sus necesidades y presupuesto. Por lo tanto, es una elección que debe tomar con tranquilidad, valorando diveros factores, tanto personales como económicos.  Una vez elegida la vivienda se pone en marcha la operación de compraventa. Antes de la elaboración de la escritura pública de compraventa por el notario, es recomendable firmar un documento previo, conocido como contrato de arras. Este documento no es obligatio, pero la ley lo considera un contrato válido, por lo que, desde el momento en que lo firme, estará obligado a cumplirlo.  ¿Qué son las arras? Son la cantidad que el comprador entrega al vendedor como señal a cuenta del precio. Las más comunes son las penitenciales, si el acuerdo se rompe por parte del comprador perderá las arras y si es por culpa del vendedor, este tendrá que devolver el doble de la cantidad acordada.  Como intermediarios en la compraventa, Grup Immobiliari Su Casa se encargará de redactar el documento de arras una vez comprobado mediante Nota Registral de quienes son los propietarios del inmueble, si existen usufructuarios, si la vivienda es bien ganancial o si es domicilio habitual del matrimonio o unión estable de pareja. También mediante la Nota Registral comprobaremos si el inmueble tiene alguna carga pendiente (hipoteca, embargo etc)  
    Irakurri Gehiago...
    2020-11-13
    Llegado el momento de hacer efectiva la compra, lo primero que tendrá que decidir es cómo va a pagar el inmueble, si al contado o con financiación externa. Si se decanta por financiar la adquisión, lo más habitual es la contratación de un Préstamo Hipotecario a largo plazo. Con el pago al contado y sin financiación, podrá cerrar la compra mediante un contrato privado de compraventa o  mediante escritura pública ante Notario. Como ve, la escritura pública no es obligatoria, sin embargo, sí que es muy aconsejable porque le garantiza que su acuerdo es legal, inamovible y seguro al 100 % La actuación de los Notarios, funcionarios públicos, dota a la operación de un plus de información y da mayor seguridad jurídica a los contratantes.  La escritura pública es fehaciente. Es prueba de que ambas partes están de acuerdo en la compraventa de la vivienda y de que expresan su voluntad de cumplir con lo que firman. El notario da fe a este compromiso en la esccritura de modo que ninguna de las partes podrá negar ante la otra lo que ha manifestado el porque están amparadaas por la autencidad que les ha dado el Notario. La escritura pública es una prueba privilegiada ante los tribunales. La escritura pública aporta seguridad jurídica. Además de dar fe de la operación y de sus condiciones, el notario verifica y comprueba que los aspectos recogidos en el documento privado de arras son ciertos y se ajustan a la legalidad.  Así, antes y durante el momento de la firma de la escritura pública, el notario: COMPRUEBA La identidad, capacidad y legitimaciones del comprador y vendedor. El título del vendedor y deja constancia de la venta en ese mismo título. Si es o no la vivienda habitual del vendedor, ya que en caso de serlo deben firmar los dos cónyugues o, en ocasiones, los miembros de la pareja de hecho. El pago de las cuotas de comunidad. Si la vivienda tiene cédula de habitabilidad, exigida en Cataluña. Los medios de pago, en la escritura se deja constancia de cómo y cuándo se ha pagado la vivienda, los números de cuenta dónde ha salido el dinero y dónde se ha ingresado en caso de transferencia bancaria. INFORMA En el caso de ser una Vivienda de Protección Oficial (VPO) para que se cumplan todas las obligaciones y limitaciones de este tipo de inmuebles. Sobre el estado arrendaticio. El Notario exigirá al vendedor que manifieste en la escritura si la vivienda está libre de arrendamientos y ocupantes o no. A los contratantes, de sus obligaciones legales y de los deberes fiscales derivados de la compraventa. EXPONE El estado de cargas que pesan sobre la vivienda para informar al comprador si hubiera hipotecas, embargos o cualquier otro gravamen. SOLICITA El certificado de eficiencia energética al vendedor. El justificante de pago del IBI y el número de referencia catastral de la vivienda para comprobar su correspondencia con la escritura del vendedor. El certificado de la comunidad de propietarios, firmado por el presidente, secretario o administrador de la finca, conforme el vendedor se encuentra al corriente del pago de las cuotas comunitarias ordinarias y/o extraordinarias.  ADVIERTE De los vicios ocultos que la vivienda pudiera tener y que no se aprecian a primera vista. IDENTIFICA Al titular real en el caso de que intervenga una sociedad mercantil, en cumplimineto de la Ley de Prevención del Blanqueo de Capitales. EXPLICA El reparto de los gastos de la operación entre las partes. Al comprador le corresponde, en caso de ser un inmueble de segunda mano, el pago del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales ITP, minuta notarial, minuta registral, minuta de la gestoría. En el caso de ser una vivienda de Obra Nueva, al comprador le corresponde el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (AJD), minuta  notarial, minuta registral y minuta de la gestoría. Al vendedor le corresponderá pagar el Impuesto sobre el Incremeento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU), comúnmente llamado Plusvalía Municipal. GESTIONA Si las partes lo piden, el pago de los diferentes gastos e impuestos que conlleva la escritura pública, así como su presentación en el Registro de la Propiedad. Todo por vía electrónica y segura. Grup Immobiliari Su Casa, le acompañará en todos los trámites hasta la firma de la escritura pública, aportando toda la documentación para que el Notario pueda dar fe que está todo correcto y compre con las máximas garantías y tranquilidad.
    Irakurri Gehiago...
    2020-11-13
    PRIMERO, INFORMARSE Dado el importante desembolso económico que supone la compra de una vivienda, la mayoría de los ciudadanos suelen solicitar financiación. Imaginemos que usted está en esta situació. ¿Qué elegir? Las entidades fianancieras ponen a disposición de sus clientes diferentes productos que, sin embargo, coviene diferenciar para decidirse por el más adecuado. ¿Qué son los préstamos hipotecarios?  Comúnmente conocidos como "hipotecas" son el instrumento bancario por excelencia para la adquisión de una vivienda. La entidad financiera le ofrece una cantidad de dinero a un interés relativamente bajo a cambio de que usted hipoteque el inmueble que compra. Esto significa que en caso de que no pueda pagar, tras cumplirse una serie de condicones marcadas por la Ley, el banco podrá vender el inmueble en subasta pública. Tenga en cuenta que, salvo que lo pacte en la escritura pública, con entregar al banco el inmueble usted no quedará libre de la deuda si ésta es mayor que lo obtenido por la venta; por este motivo es muy importante la tasación obligatoria incorporada a la escritura, ya que determina el valor de mercado de la vivienda. ¿En qué se tiene que fijar para valorar el préstamo hipotecario que más le conviene? INTERÉS Es el precio que se paga por el préstamo. Puede ser fijo o variable. En el segundo caso, la mayoría de las hipotecas suelen tener un interés referenciado al Euribor más un diferencial que se suma al interés. Cuanto más alto, más caro será el préstamo. PLAZO DE DEVOLUCIÓN Es el tiempo que le da el banco para devolver el dinero que le ha prestado. La mayor parte de los bancos ofrecen un plazo máximo de 30 años. FINANCIACIÓN Las entidades financieras tienen limitaciones para conceder préstamos que superen un determinado porcentaje del valor de compraventa o tasación. COMISIONES Puede encontrarse con varias. La Ley de Crédito Inmobiliario ha regulado la mayoría de ellas. Son éstas: - Comisión de apertura: La Ley de Crédito Inmobiliario no limita esta comisión, pero establece que será la única que podrá cobrarle la entidad financiera cuando contrate un préstamo hipotecario. Se elimina de esta manera que le cobren una comisión de estudio como ocurría antes. - Comisión por amortización anticipada. Es el cargo que le puede cobrar su banco si usted quiere devolver todo o parte de su préstamo hipotecario antes del tiempo acordado. La Ley de Crédito Inmobiliario establece que para hipotecas de tipo fijo, la comisión no podrá exceder del importe de la pérdida que pudiera sufrir el banco con el límite del 2 % del capital anticipado durante los primeros 10 años y con el límite del 1,5 % a partir del 11 año. Para hipotecas a tipo variable, la comisión no podrá exceder del iporte de la pérdida que pudiera sufrir el banco, con el límite del 0,25 % del capital anticipado durante los 3 primeros años; o con el límite del 0,15 % del capital anticipado durante los 5 primeros años.  CLÁUSULAS Establecen condiciones que pueden alterar o limitar el funcionamiento de su hipoteca. Con la ley de Crédito Inmobiliario desaparecen las "cláusulas suelo", ya que prohibe específicamente la aplicación de un interés mínimo en las hipotecas a tipo variable. Igualmente se establece que el interés remuneratorio no podrá ser negativo (la entidad financiera no le puede pagar dinero a usted por el préstamo) En cuanto a la cláusula de vencimiento anticipado, la normativa permite realizar la ejecución por impago cuando se deban 12 meses o el 3% del capital concedido en la primera mitad de duración del préstamo, o 15 mensualidades o el 7 % del crédito, en la segunda mitad de duración del préstamo. GARANTÍAS ADICIONALES Hay hipotecas que obligan a aportar avalistas o a hipotecar otro bien inmueble. ¿QUÉ ES LA FEIN? Ficha Europea de Información Normalizada (FEIN) es el documento que debe darle la entidad financiera, contiene toda la iinformación de la hipoteca. La ficha tiene carácter vinculante durante un mínimo de 14 días (en Cataluña) También deberá facilitrle la Ficha de Advertencias Estandarizadas (FiAE) que detalla las cláusulas y los gastos de la hipoteca. ¿QUÉ INCLUYE LA FEIN? Indentificación del prestamista y de la comisión que percibe Importe, duración y moneda del préstamo que se concede, con información sobre las flutuaciones que puede tener si se firma en una divisa distinta al euro. Tipo de interés. Aportando el cuadro de amortización del préstamo. Importe total a reembolsar. Valor del inmueble y el porcentaje del valor concedido en el préstamo. Periodicidad y número de pagos. Si se paga con periodicidad mensual, trimestral... y el número total de cuotas. Importe de cada cuota: Cuánto se paga en cada cuota y cuándo y cómo puede cambiar ese importe. Si es una hipoteca a tipo variable debe especificar cuánto timepo es fija y con qué periodicidad cambiarán las cuotas. Tabla ilustrativa del reembolso anticipado: las condiciones y comisiones si se produce la devolución del préstamo antes de que finalice.  Incumplimiento de los compromisos vinculados al préstamo explicando las consecuencias que tiene para el prestatario. Elemento de flexibilidad: el prestamista explicará la posibilidad de que se pueda transferir el crédito a otro prestamista y las condiciones en que puede ejercitarse esta opción. Derechos del prestatario. Entre los que figura el derecho de desestimiento y el derecho de portabilidad donde se incluye la subrogación.  Reclamaciones. La dirección donde se puede ejercitar este derecho. El encuentro con el Notario será doble: antes de la autorización y firma de la escritura del crédito hipotecario (fase precontractual) y el día de la autorización y firma (fase contractual) FASE PRECONTRACTUAL Para aumentar la seguridad jurídica y la transparencia del proceso, la Ley de Contratos de Crédito Inmobiliario regula de modo más exhaustivo la publicidad de los préstamos inmobiliarios y la información precontractual que habrá de proporcionarle la entidad financiera. Debe saber que esta ley atribuye al Notario una importante función en la fase precontractual del préstamo, ya que deberá cerciorarse del cumplimiento de los deberes de la entidad financiera y proporcionarle a usted un asesoramiento gratuito. Antes de firmar la escritura pública de su préstamo, deberá acudir al Notario que previamente haya elegido usted, para que éste le explique los aspectos más importantes y relevantes del préstamo y contestará todas sus preguntas para que pueda tener, con su asesoramiento imparcial, un conocimiento completo del mismo, y por tanto de sus derechos y obligaciones. Con un pequeño test se asegurará de que lo tiene todo claro. El Notario redactará un acta notarial, que será gratuita, en la que dejará constancia de los derechos comprobados y de las explicaciones dadas al consumidor, así como de las pregunrtas con sus respectivas respuestas. FASE CONTRACTUAL Tras esos 14 días, y redactada y firmada el acta notarial por usted y -de haberlos- por su avalista, se inicia la llamada FASE CONTRACTUAL, con la autorización de las escrituras de la compraventa y del préstamo hipotecario, que suelen firmarse simultáneamente. Este es el último momento para aclarar cualquier duda que tenga, porque una vez autorizadas las escrituras por el Notario, no se podrá volver atrás. EL DÍA DE LA FIRMA Se reúnene ante el Notario los vendedores, los representantes de la entidad bancaria y usted como comprador o prestatario.  En la escritura pública constarán todos los conceptos básicos del préstamo hipotecario ya supervisados y explicados en el acta previa -que el notario volverá a recoerdar y enumerar- especialemente todos los apartados recogidos en la FEIN. También figurará la constitución de la hipoteca y las facultades o poderes que se confieren al acreedor para proteger su derecho. Además el notario insertará en la escritura pública del préstamo hipotecario una reseña identificativa del acta notarial realizada en la fase precontractual, que será prueba del asesoramiento imparcial prestado por el notario y de la manifestación de que el prestatario ha comprendido y aceptado el contenido de todos los documentos.  El notario le entregará o remitirá telemáticamente, sin coste, una copia simple. En cualquier caso, siempre podrá volver al notario para obtener una nueva copia (aunque ésta ya sí tendrá un coste) GASTOS DERIVADOS DE LA FORMALIZACIÓN DEL PRÉSTAMO HIPOTECARIO La Ley de Crédito Inmobiliario ha supuesto importantes novedades en el reparto de estos gastos entre usted y la entidad financiera, que, a partir de ahora, es quien asume la mayoría de ellos. A COSTA DE LA ENTIDAD FINANCIERA Minuta de notaría Minuta registral Minuta de la gestoría Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (AJD) A COSTA DEL PRESTATARIO Tasación de la vivienda. Es uno de esos gastos que debe afrontar de manera obligatoria, le concedan o no la hipoteca. Será realizada de forma independiente por una sociedad de tasación o prefesional que usted puede elegir (siempre que esté homologado por el Banco de España) Algunas entidades financieras la pueden asumir de manera voluntaria. La entidad financiera puede exigirle que contrate un seguro de hogar y/o un seguro de vida o de protección de pagos, aunque usted puede suscribirlos con la empresa que prefiera. Grup Immobiliari Su Casa, también le acompañará en este proceso ayudándole a escoger la hipoteca que mejor se adapte a su condiciones y solventando cualquier duda que pueda tener, colaborando con la entidad financiera para aportar la documentación de la vivienda, hacer la tasación, cerrar números etc...   
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